
Docentes absueltos suelen obtener nuevos puestos en el aula pese a casos pendientes de mala conducta, dice abogada
Una abogada que ha representado a más de un educador acusado de delitos sexuales afirma que, tras ganar sus casos, esos clientes han vuelto a la docencia, por lo general en una escuela distinta. En conversación con Jamaica Observer bajo la condición de no ser identificada, la reconocida letrada dijo que el patrón es generalizado. "No solo en el aula, sino en el lugar de trabajo, en general", argumentó, porque "no se realiza una verdadera verificación de antecedentes".
Basándose en su propia cartera de casos, describió haber enfrentado esa realidad de manera directa. En un asunto, dos docentes enfrentaban cargos de agresión sexual contra menores. Antes de que cualquiera de los casos concluyera, vio a uno de ellos ya impartiendo clases a alumnos en otra institución cuando visitó ese plantel por un asunto no relacionado.
"Representé a un docente acusado de varios cargos de violación y agresión sexual grave contra un estudiante de sexto grado en [una] escuela primaria. Fui allí para realizar una visita de locus [abreviatura de locus in quo, término jurídico que se refiere a una visita oficial in situ de un juez, magistrado o jurado al lugar específico donde ocurrió un hecho disputado o un delito] y, para mi sorpresa, [vi] a otro docente a quien también representaba y que, en ese momento, tenía no uno, sino dos procesos en curso por violación", dijo a Sunday Observer.
El educador cuyo caso la había llevado a la escuela —acusado de violación y agresión sexual grave— "fue finalmente absuelto y, según tengo entendido, vuelve a estar empleado en otra escuela primaria". Añadió: "La mayoría de los clientes que son docentes acusados de mala conducta, una vez absueltos, regresan al aula, aunque sea en una escuela diferente".
Enfatizó que exigir únicamente un certificado de la policía no puede confirmar que alguien a quien se confían niños tenga un historial intachable. Un registro limpio, dijo, no demuestra que una persona nunca haya sido acusada o llevada ante los tribunales. Los cargos pueden no aparecer nunca como condenas cuando un caso se colapsa porque un denunciante no puede testificar o la evidencia es insuficiente. En esas circunstancias, el expediente policial puede no mostrar nada sobre el caso desestimado.
Cuando se realiza una verificación mientras los procedimientos aún están activos, señaló, reflejará que la persona fue acusada y que hay un caso pendiente. Sin embargo, una vez que el resultado favorece al acusado, una carta del tribunal llega a la Oficina de Antecedentes Penales y la anotación se elimina. "Entonces vuelve 'limpio', no se muestra ningún registro de arresto", explicó la abogada.
Reconoció que el sistema, por tanto, niega a los empleadores "el panorama completo", pero también vio mérito en proteger a las personas que fueron acusadas injustamente, arrestadas y posteriormente absueltas de un estigma permanente.
Su relato coincide con declaraciones del mes pasado de Keisha Rodriguez-Mills, directora de investigaciones, inspecciones y cumplimiento de la Office of the Children's Advocate (OCA). Rodriguez-Mills instó a los líderes escolares a "ser más conscientes" en un contexto de lo que describió como numerosas denuncias de que educadores han violado sexualmente a alumnos.
Al intervenir en una reciente serie de debates de la University of Technology, Jamaica bajo el tema "Strengthening the system: Protecting our children from child sexual abuse" ("Fortalecer el sistema: Proteger a nuestros hijos del abuso sexual infantil"), Rodriguez-Mills dijo que las denuncias de abuso sexual infantil están en aumento, incluso por parte de los propios jóvenes, pero persisten obstáculos.
"También estamos viendo que llegan muchos reportes sobre docentes que presuntamente violan a estudiantes. También estamos viendo mucho acoso o presunto acoso, que afecta a varones. Pero los varones, al ser adolescentes, no lo denuncian, y la gente dice que simplemente están siendo 'afeminados' al reportarlo. Un caso puede ser desestimado porque la víctima no puede testificar o porque hay evidencia insuficiente.
"Entonces, normalmente es otro niño que conoce [el] abuso quien hace la denuncia en nombre de su amigo, lo cual es algo bueno, lo cual indica que, como sociedad, estamos educando a nuestros hijos para decir y notar cuando algo anda mal", dijo al foro.
Rodriguez-Mills dijo que algunos administradores tratan una renuncia como cierre del asunto, solo para enterarse después de que el mismo educador ha reanudado conductas inapropiadas en otro lugar. Instó a los directores a realizar "ejercicios programados de orientación sobre conductas apropiadas y qué debe hacerse" con el personal y docentes prospectivos, advirtiendo que la OCA ha rastreado resultados perjudiciales cuando se omite ese paso.
"Lo que encontramos desde el lado de la OCA —cuando investigamos un caso contra un docente— es que el docente simplemente renuncia de un día para otro. Entonces, cuando se investiga el caso, las escuelas dicen: 'Oh, nos hemos deshecho del problema porque el docente renunció', pero lo que ha ocurrido es que el docente se ha ido a otra escuela. Y entonces no hay registro que seguir, y te enteras de que solo cuando el docente continúa la conducta en la siguiente escuela, el nuevo director llama al otro director y dice: 'De acuerdo, su docente está en mi escuela y estoy recibiendo esta queja'", señaló.
La legislación pendiente ofrece otra capa de supervisión. El Jamaica Teaching Council Bill de 2025 busca regular y profesionalizar la fuerza laboral docente mediante licencias y un código de práctica formal. Los educadores enfrentarían verificaciones obligatorias de antecedentes penales y deberían cumplir estándares de "idoneidad y probidad" para registrarse u obtener una licencia. El proyecto de ley aún no se ha convertido en ley debido a desacuerdos sobre sus disposiciones.
Según el borrador de ley, los docentes tendrían que consentir esas verificaciones, y cualquier condena por un delito descalificante con pena de prisión de dos o más años los excluiría de la profesión. La medida cubriría: (a) una persona que enseña en una institución de primera infancia; (b) una persona que enseña en una escuela, ya sea en una institución educativa pública o en una escuela independiente; (c) un instructor; (d) un orientador escolar o decano de disciplina, ya sea en una institución educativa pública o en una escuela independiente; (e) una persona que enseña en un programa aprobado de educación en el hogar, incluido un padre que enseña a su propio hijo y a ningún otro niño, en casa; (f) un tutor privado, ya sea a tiempo completo o parcial; (g) una persona que enseña en un programa educativo que prepara a personas para convertirse en docentes; (h) un inspector; (i) un director; y (j) otras personas que el ministro pueda designar, mediante orden, publicada en la Gazette.
Tal como está redactado actualmente, no se aplicaría a alguien que enseña de manera ad hoc y voluntaria sin pago, recompensa u otra contraprestación. Sujeto al proyecto de ley, toda persona que, en o después del día designado, enseñe o proponga enseñar en una escuela u otro entorno educativo al que se aplique esta ley, deberá solicitar al consejo, en la forma y manera prescritas, registrarse para hacerlo. Para los solicitantes que busquen trabajar en una institución de primera infancia, un formulario de consentimiento que autorice al consejo a realizar una verificación de antecedentes penales se encuentra entre los documentos requeridos.
La abogada reiteró que la mayoría de sus clientes docentes acusados de mala conducta, una vez absueltos, regresan al aula.
Sindicado desde Jamaica Observer · publicado originalmente el .
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